EMPRESAS DEBERÁN ADAPTAR PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD DE MINSALUD A SUS ACTIVIDADES
Los empleadores deberán dotar de elementos
de protección personal a sus trabajadores quienes, además, informarán
alteraciones en su estado de salud.
Bogotá, 24 de abril de 2020. Un protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia de covid-19 fue emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 666 para que sea adaptado por cada sector a fin de proteger a sus trabajadores durante esta contingencia.
Bogotá, 24 de abril de 2020. Un protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia de covid-19 fue emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 666 para que sea adaptado por cada sector a fin de proteger a sus trabajadores durante esta contingencia.
Este protocolo está orientado a minimizar los
factores que pueden generar la transmisión de la enfermedad y deberá ser
implementado los empleadores y trabajadores del sector público y privado que
requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia
sanitaria y las ARL.
La vigilancia y cumplimiento estará a cargo de
la secretaría municipal o distrital, esto teniendo en cuenta que cada sector,
empresa o entidad deberán realizar, con el apoyo de sus administradoras de
riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad. Definiendo
además las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y
adecuados procesos de higiene y protección en el trabajo.
Las siguientes son las responsabilidades
establecidas para cada uno de los miembros del sector:
A cargo del empleador o contratante:
Capacitar a sus trabajadores y contratistas
vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra las medidas
indicadas en este protocolo.
Adoptar medidas de control administrativo para
la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y
horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
Reportar a la EPS y a la ARL correspondiente
los casos sospechosos y confirmados de covid-19.
Incorporar en los canales oficiales de
comunicación y puntos de atención para brindar información de la enfermedad.
Apoyarse en la ARL en materia de
identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo
relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la
enfermedad.
Proveer a los empleados los elementos de
protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades
laborales que desarrolle para el empleador.
Promover el uso de la aplicación CoronApp para
registrar en ella el estado de salud de los trabajadores.
A cargo del trabajador, contratista, cooperado
o afiliado partícipe es responsabilidad:
Cumplir los protocolos de bioseguridad
adoptados y adaptados por el empleador o contratante durante el tiempo que
permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el
ejercicio de las labores que esta le designe.
Reportar al empleador o contratante cualquier
caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su
familia. Esto con el fin de que se adopten las medidas correspondientes.
Adoptar las medidas de cuidado de su salud y
reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud,
especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar
en CoronApp.
Adicional a las medidas de uso adecuado de
tapabocas, lavado de manos y distanciamiento físico, y teniendo en cuenta los
mecanismos de diseminación del virus (gotas y contacto), el protocolo determina
que se deben fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos e
insumos de uso habitual, superficies, equipos de uso frecuente, el manejo de
residuos producto de la actividad o sector, adecuado uso de Elementos de
Protección Personal-EPP y optimizar la ventilación del lugar y el cumplimiento
de condiciones higiénicos sanitarias.
El uso de guantes es recomendado si se van a
realizar actividades de aseo o si se van a manipular elementos como residuos.
Para las demás actividades, los lineamientos establecidos por Minsalud
determinan el lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables.
Adicional a estos temas, el protocolo establece
lineamientos para el manejo de residuos, interacción en los momentos de
alimentación, trabajo en casa, interacción con terceros, desinfección,
desplazamientos, entre otros. Todos de cumplimiento inmediato y por el tiempo
que dure la emergencia sanitaria en el país.
©24/04/2020
©24/04/2020
Boletín de Prensa No 191 de 2020
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