¿SE SUBIRÍA A UN ASCENSOR QUE NO ESTA CERTIFICADO?
Cada
vez son más las personas que en todo el mundo recorren casi automáticamente las
ciudades para llegar a su trabajo y tienen que transportarse dos veces al día en
un ascensor hasta su oficina, o subir escaleras eléctricas, pero… ¿Saben si
están certificados?
En algunas ciudades del país ya es obligatorio que los ascensores, las puertas eléctricas, los montacargas, las escaleras y rampas eléctricas estén debidamente certificados; ya sea que estos equipos están localizados en espacios públicos o en áreas comunes.
En algunas ciudades del país ya es obligatorio que los ascensores, las puertas eléctricas, los montacargas, las escaleras y rampas eléctricas estén debidamente certificados; ya sea que estos equipos están localizados en espacios públicos o en áreas comunes.
Es
importante recordar que los edificios sometidos al régimen de propiedad
horizontal que cuenten con sistemas de transporte vertical se encuentran
obligados a contratar con empresas calificadas y acreditadas por el ONAC
(Organismo Nacional de Acreditación Colombiana), el diagnóstico y la revisión
de los ascensores de la edificación, con el propósito de certificar su
funcionamiento seguro dentro de los estándares de la Norma Técnica Colombiana y
de esta manera prevenir accidentes en la copropiedad.
Esta certificación es independiente del mantenimiento preventivo que deberá
efectuarse mensualmente a los equipos; tiene una vigencia de 12 meses contados
a partir de que le sea expedida y deberá ser colocada en el mismo, en un lugar visible al público dando así la
certeza a los usuarios que están usando un equipo certificado, y que es seguro
y no atentará contra su seguridad.
Si tiene alguna duda o requiere de asesoría para llevarlo a cabo, le agradecemos llenar el formulario adjunto. Manejamos la información con la debida prudencia, buscando siempre buenos resultados. VILLAMIZAR CONSUEGRA ABOGADOS
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