DESEA CONSTRUIR O INDEPENDIZAR UN APARTAMENTO EN EL SEGUNDO PISO? COMO DESENGLOBARLO?
Si usted quiere llevar a cabo
una inversión sobre una placa existente, o decidió construir un apartamento independiente
en su residencia, y lo quiere desenglobar, para venderlo o hipotecar, deberá
llevar a cabo inicialmente unos trámites:
Primero, debe someter los
planos arquitectónicos y estructurales para su aprobación en la Curaduría
urbana de la ciudad donde se encuentra localizado el lote de su propiedad, o en
las Oficinas de Planeación Municipal que dependen de la Alcaldía
correspondiente. Una vez estudiada la norma urbanística que rige, estas
oficinas expedirán las correspondientes licencias de construcción, ya sea obra
nueva, ampliación o modificación y podrá iniciar su construcción.
Una vez se encuentre expedida
la correspondiente licencia, deberá solicitar el boletín oficial de
nomenclatura, y la Oficina correspondiente determinará el número que corresponde
como ingreso a cada unidad privada.
Con estos documentos, la
licencia de construcción y el boletín de nomenclatura, deberán presentarse para
aprobación de las entidades correspondientes (Curaduría Urbana o Planeación
Municipal), los planos para aprobación de VB de propiedad Horizontal; en que se
delimitarán las áreas que serán unidades privadas y aquellas áreas y bienes
comunes de la copropiedad. Estos serán aprobados si cumplen con los requisitos
establecidos y será expedida una resolución de aprobación y un documento de VB
que junto con los establecidos en las normas vigentes y la minuta del
reglamento de propiedad horizontal; se protocolizan en una notaría y se
registra en la correspondiente Oficina de Registro e Instrumentos Públicos.
Hasta éste momento en que
salga registrada la escritura pública, su apartamento contará con matrícula
Inmobiliaria Independiente y podrá llevar a cabo la venta o la hipoteca que
requiere.
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